Reichskonkordat
El Reichskonkordat,[1] (oficialmente, Concordato entre la Santa Sede y el Reich alemán; en alemán, Konkordat zwischen dem Heiligen Stuhl und dem Deutschen Reich; en italiano, Concordato fra la Santa Sede e il Reich Germanico)[2] es un concordato firmado el 20 de julio de 1933, aún vigente, entre la Alemania nazi y la Santa Sede, en el que se establecen condiciones de libertad religiosa para la Iglesia católica. Fue firmado por el vicecanciller de Alemania Franz von Papen —en representación del presidente por aquel entonces Paul von Hindenburg, y del canciller Adolf Hitler— y el cardenal Eugenio Pacelli, —futuro Pío XII—,[3][4] en nombre del papa Pío XI.
Historia
[editar | editar código]Tras las consecuencias de la Kulturkampf —Batalla cultural— en Prusia a finales del siglo XIX, con la caída de diversas monarquías tras la Primera Guerra Mundial en 1918, la reorganización política de Europa tras los tratados de paz en París, y con la recuperación de la soberanía del Vaticano tras los Pactos de Letrán en 1929 hicieron una necesidad para la Iglesia Católica en regular su diplomacia internacional. La primera codificación integral del derecho canónico latino en el Codex Iuris Canonici (CIC) de 1917, fue una motivación adicional para las relaciones jurídicas externas con el CIC mediante concordatos.
Bajo la autoridad del papa Pío XI junto al secretario de Estado, el cardenal Pietro Gasparri, se redactaron numerosos concordatos, incluyendo los de Letonia en 1922, Portugal en 1928, Italia en 1929, y Austria en 1933.
Después de que los acuerdos anteriores sobre las relaciones entre el Estado y las iglesias en el Reich perdieran su validez debido a la Revolución de Noviembre y a la Constitución de Weimar, tanto la Santa Sede como el Partido del Centro católico buscarían, repetidamente durante la década de los años 1920, entablar un nuevo concordato en el Reich alemán.
El nuncio apostólico ante el Reich alemán, Eugenio Pacelli (quién fue posteriormente el Papa Pío XII), logró concluir concordatos a nivel estatal con Baviera (1924), Prusia (1929) y Baden (1932). Sin embargo, a nivel nacional, las negociaciones fracasaron por diversas razones:[5]
Por un lado, era difícil llevar a cabo largas negociaciones con los inestables Reichsregierung (Gobiernos del Reich) durante la República de Weimar y, por otro lado, todos los gobiernos se negaron sistemáticamente a satisfacer las demandas de la Curia en la cuestión de las escuelas confesionales, la educación religiosa, el reconocimiento de los matrimonios exclusivamente eclesiásticos «en casos de emergencia moral» y las contribuciones financieras del Estado a la Iglesia de acuerdo, todo esto de acuerdo con la III Sección de la Constitución de Weimar.[6]
Negociaciones y conclusión en 1933
[editar | editar código]Antecedentes
[editar | editar código]Tras el nombramiento de Hitler como canciller, se reanudaron las conversaciones para un Concordato del Reich alemán. Es históricamente cierto que la iniciativa provino del gobierno alemán. Sin embargo, persisten dudas sobre el momento de la reanudación del contacto con la Santa Sede. Heinrich Brüning relata en sus memorias que Adolf Hitler y el vicecanciller Franz von Papen ya habían ofrecido al entonces presidente del Partido del Centro, Ludwig Kaas, a principios de marzo de 1933 la rápida conclusión de un Concordato del Reich si el Partido del Centro aprobaba la Ley habilitante.[7]
Sin embargo, la investigación histórica suele poner en duda estas afirmaciones, ya que las memorias de Brüning del período posterior a su cancillería se caracterizan repetidamente por intentos de justificación personal, y su relación con Kaas también se considera muy tensa desde el otoño de 1931. La «concentración de los obispos alemanes» del 28 de marzo de 1933, en la que el episcopado relativizó las advertencias previamente válidas contra el NSDAP puede utilizarse como prueba de la descripción de Brüning. Esto puede interpretarse, por un lado, como un esfuerzo por no poner en peligro las futuras negociaciones del concordato, pero por otro lado, como una mera aceptación de la «inesperada oferta de paz» que Hitler había hecho a las iglesias en su declaración gubernamental del 23 de marzo de 1933,[8] en la que les garantizaba sus derechos y describía el cristianismo como el «fundamento inquebrantable de la vida ética y moral de nuestro pueblo».[9]
A principios de marzo de 1933, el Papa Pío XI había revisado temporalmente su postura hacia el nacionalsocialismo. El Papa elogió a Hitler en varias audiencias como defensor de la lucha contra el bolchevismo e incluyó este elogio, de forma menos severa, en un discurso pronunciado ante el Consistorio Romano el 13 de marzo. Aunque Pío XI volvería a cambiar de postura a principios de mayo, ante la impresión de la creciente represión estatal contra políticos, funcionarios y clérigos católicos en Alemania, la visión positiva del anticomunismo de Hitler mejoró el clima negociador durante las conversaciones exploratorias iniciales.[10]
Las negociaciones
[editar | editar código]Durante el breve periodo de discusión de los términos del concordato, las autoridades políticas nacionalsocialistas, como por ejemplo, el mismo vicecanciller Von Papen, sugirieron a los obispos no intervenir para contrarrestar la legislación racista que el gobierno estaba elaborando ni tampoco la que tenía que ver con las esterilizaciones. Según la opinión de Von Papen, que comunicó al cardenal Adolf Bertram, no se debía intervenir, pues esto podía llevar al empantanamiento del concordato. Los obispos entonces prefirieron recordar a los fieles las obligaciones del matrimonio tratando el tema de la esterilización desde el punto de vista de principio y no a la luz de la ley que se estaba discutiendo.[11]
El 3 de junio de 1933, como preludio a la firma del concordato, los obispos alemanes anunciaban el fin de su oposición al régimen nazi.[12] Por ese entonces se esperaba firmar el Concordato Imperial entre el Tercer Reich y la Santa Sede para regularizar las relaciones entre ambos Estados.[13] Los artífices, del lado alemán, fueron el vicecanciller Franz von Papen (en el régimen nazi, se destacó por atraer a las facciones católicas para que apoyaran al nuevo Reich), el sacerdote y político de la derecha Ludwig Kaas y el arzobispo de Friburgo Conrad Gröber.[14] Los dos primeros habían apoyado la Ley Habilitante que confirió los plenos poderes a Adolf Hitler, pues era el parlamento (Reichstag) quien hasta entonces se había opuesto a los diversos requerimientos de la Santa Sede para firmar un concordato. Franz von Papen llegó a comentar en un anuncio oficial de la cancillería alemana (la siguiente cita no forma parte del Concordato):
Nosotros, los católicos alemanes, apoyaremos con toda nuestra alma y plena convicción a Adolf Hitler y su gobierno (...) El catolicismo alemán (...) tiene que participar activamente en la edificación del Tercer Reich.
Por el otro lado se encontraba el cardenal, secretario de Estado y ministro de Relaciones Exteriores Eugenio Pacelli. Otorgó al vicecanciller von Papen una alta condecoración papal, la Gran Cruz de la Orden de Pío.[15][16] Von Papen regaló al cardenal una Virgen de porcelana blanca de Meissen en nombre del Tercer Reich. Los obsequios tenían la dedicatoria 'Recuerdo del Concordato del Reich 1933'.
Según las Memorias de von Papen, el papa Pío XI «expresó su complacencia por el hecho de que el gobierno alemán ahora estuviese en las manos de un opositor inconciliable del comunismo y del nihilismo ruso en todas sus formas».[17]
El Concordato hizo que las relaciones Santa Sede-Tercer Reich fueran tibias o se encontrasen suspendidas. La Iglesia no se opuso abiertamente al régimen (a excepción de miembros en casos aislados). Excepto en Holanda, se evitó absolutamente decir una palabra contra persecuciones y exterminio de seres humanos en los campos de concentración.[18]
La celebración del Concordato
[editar | editar código]La segunda ronda de negociaciones desarrolló el texto del tratado, que luego fue adoptado el 1 de julio. Los obispos alemanes aconsejaron a Pacelli que lo aceptara, probablemente temiendo que los católicos alemanes y las asociaciones católicas pudieran ser sometidos a una represión aún más dura si el concordato fracasaba.
Von Papen obtuvo la aprobación de Hitler para el proyecto el 2 de julio. Tras la disolución forzosa del Partido Popular Bávaro y del Partido del Centro el 4 y el 5 de julio, respectivamente, la Santa Sede ya no tuvo que tomar en consideración el catolicismo político, por lo que los socios negociadores rubricaron el proyecto el 8 de julio. En ese mismo día, Hitler emitió un decreto que derogaba todas las medidas coercitivas contra las organizaciones y el clero católicos, confirmando así las esperanzas que la parte católica había depositado en el Concordato.[19] El 20 de julio, el Concordato del Reich fue firmado solemnemente por Pacelli y Von Papen en el Vaticano; la ratificación por parte del Reich alemán tuvo lugar el 10 de septiembre de 1933.
Contenido del Concordato
[editar | editar código]El concordato regula los derechos y deberes mutuos del Reich alemán y de la Iglesia católica en el territorio alemán.
Principales términos del Concordato
[editar | editar código]Los principales acuerdos logrados en el Concordato fueron:[20][21]
- El derecho a la libertad confesional y práctica pública de la religión católica (Artículo 1).
- Los concordatos con los Estados de Baviera (1924), Prusia (1929) y Baden (1932) siguen siendo válidos (Artículo 2).
- Un embajador del Reich residirá en la Santa Sede mientras que un legado papal residirá en la capital del Reich. (Artículo 3)
- Libre correspondencia entre la Santa Sede y todos los católicos alemanes. (artículo 4)
- El clero recibe la misma protección del Estado que los funcionarios estatales. (artículo 5)
- Los clérigos y religiosos están exentos de la obligación de ocupar cargos públicos. (artículo 6)
- Reconocimiento del Nihil obstat por el Estado. (artículo 7)
- No se exige la imposición de ingresos oficiales al clero. (artículo 8)
- Protección del «deber de secreto pastoral» y, por tanto, entre otras cosas, del secreto de confesión. (artículo 9)
- La vestimenta clerical solo puede ser usada por clérigos. Se castiga con las mismas penas que el uso indebido de uniformes militares (artículo 10).
- Preservación de la organización y circunscripción diocesana y regulación de nuevas formaciones o cambios. (Artículo 11)
- Reglamento sobre el establecimiento o transformación de los cargos eclesiásticos. (artículo 12)
- Las parroquias y otras organizaciones eclesiásticas son corporaciones de derecho público (Körperschaften des öffentlichen Rechts) y el derecho de las iglesias a recaudar impuestos eclesiásticos (Kirchensteuern). (Artículo 13)
- Derecho de la Iglesia a ocupar libremente sus cargos, pero derecho de veto estatal —cláusula política— para los obispos recién nombrados, extensión del derecho de los capítulos catedralicios a elegir obispos siguiendo el modelo del Concordato de Baden a las diócesis de Maguncia, Rottenburg y Meissen, educación superior académica como requisito previo para el cargo clerical. (artículo 14)
- Reglamento sobre las órdenes religiosas y las asociaciones religiosas, en particular sobre la nacionalidad alemana de los superiores religiosos. (artículo 15)
- Juramento de lealtad de los obispos «en manos del Gobernador del Reich (Reichsstatthalters)»: «Ante Dios y sobre los Santos Evangelios, juro y prometo, como corresponde a un obispo, lealtad al Reich alemán y a la patria. Juro y prometo respetar el gobierno constitucionalmente establecido y hacer que mi clero lo respete. Con devota preocupación por el bienestar y los intereses del estado alemán, me esforzaré, en el ejercicio del oficio espiritual que me ha sido confiado, por prevenir cualquier daño que pueda amenazarlo.» (Artículo 16)
- Protección de los bienes, activos, derechos y lugares de culto. (artículo 17)
- Los pagos estatales a la Iglesia solo podrán suprimirse «mediante acuerdo amistoso». (artículo 18).
- Garantía de las facultades teológicas católicas. (artículo 19)
- Derecho de autodeterminación de la Iglesia respecto a la formación del clero. (artículo 20)
- La religión católica puede ser enseñada en determinadas escuelas (Artículo 21) y los profesores destinados a enseñar religión solo pueden ser aprobados por el obispo de la diócesis correspondiente (Artículo 22). Conservación y establecimiento de escuelas confesionales católicas (artículo 23) Los profesores de las escuelas primarias católicas deben pertenecer a la Iglesia católica y cumplir los requisitos de una escuela confesional católica; establecimiento de instalaciones para la formación de profesores católicos (artículo 24) Creación y gestión de escuelas privadas por órdenes y congregaciones religiosas (artículo 25)
- Permiso para celebrar un matrimonio religioso antes de uno civil en casos de peligro de muerte y «casos de emergencia moral» (artículo 26)
- Garantía de una capellanía militar (Militärseelsorge) independiente (exenta) bajo la dirección del Obispo del Ejército (Artículo 27)
- Autorización o establecimiento de atención pastoral en «hospitales, prisiones y otros edificios públicos» (artículo 28)
- Tratamiento de los miembros católicos de una minoría étnica no alemana como de los miembros de ascendencia y lengua alemanas en el Estado de esa minoría (artículo 29)
- Obligación de rezar los domingos y días festivos de precepto «después del oficio principal […] por el bienestar del Reich y del pueblo alemán» (artículo 30)
- Queda garantizada la protección a organizaciones católicas y la libertad religiosa (Artículo 31).
- Debido a la tensión vivida en Alemania, ningún clérigo o miembro de una orden religiosa podrá pertenecer a un partido político (Artículo 32).
Contenido del apéndice secreto
[editar | editar código]En caso de una reestructuración del actual sistema militar alemán en el sentido de la introducción del servicio militar obligatorio, el llamado a filas de sacerdotes y otros miembros del clero secular y religioso para realizar el servicio militar obligatorio se regulará de acuerdo con la Santa Sede de acuerdo con los siguientes principios rectores:a) Los estudiantes de filosofía y teología en instituciones eclesiásticas que se preparen para el sacerdocio estarán exentos del servicio militar y de los ejercicios preparatorios, excepto en caso de movilización general.
b) En caso de movilización general, el clero empleado en la administración diocesana o en la capellanía militar está exento de este requisito. Esto incluye a los miembros ordinarios, los miembros de ordinariatos, los directores de seminarios y colegios eclesiásticos, los profesores de seminario, los párrocos, los curas, los rectores, los coadjutores y el clero que preside permanentemente una iglesia con culto público.
c) Los demás clérigos, si son declarados aptos, se incorporarán a las fuerzas armadas del Estado para dedicarse a la cura pastoral de las tropas bajo la jurisdicción eclesiástica del Obispo del Ejército, a menos que sean llamados a prestar servicio médico.
d) Los demás clérigos sacristas o religiosos que aún no sean sacerdotes serán asignados al servicio médico. Lo mismo se hará, en la medida de lo posible, con los candidatos al sacerdocio mencionados en el apartado a) que aún no hayan recibido las órdenes mayores.[22]
Consecuencias
[editar | editar código]Ya antes de la firma del concordato se sabía que uno de los artículos de este prohibiría a los miembros del clero y de las órdenes religiosas la participación en política. Cuando por decisión de la Secretaría de Estado, el borrador del concordato fue sometido a los obispos alemanes estos manifestaron su perplejidad ante esta concesión. Sin embargo, las prisas que tanto el gobierno nazi como la misma Santa Sede –que veía cada días las agresiones que se producían a las asociaciones católicas en sus sedes– llevaron a la rápida firma del concordato. Así, prácticamente se firmó la sentencia de muerte del partido católico Zentrum, ya que sus principales activistas eran sacerdotes católicos. De hecho, el partido se autodisolvió el 5 de julio, incluso antes de que el concordato fuera refrendado.[23] El alejamiento del Vaticano del catolicismo político condujo al fin de los partidos católicos Zentrum y el Partido Popular Bávaro incluso antes de la firma del Concordato. La prohibición adicional del Vaticano a la participación del clero en partidos políticos (Artículo 32) también privó al catolicismo político de esta última oportunidad para expresarse. Sin embargo, protegió a pastores y clérigos de colaborar con el NSDAP y, en este caso, también sirvió para evitar la Gleichschaltung de la Iglesia católica, una consecuencia que el régimen nacionalsocialista ciertamente no pretendía.[24]
Al entrar en vigor un concordato con la Santa Sede, los nacionalsocialistas lograron silenciar temporalmente a muchos de sus críticos del catolicismo político y aliviar la desconfianza generalizada de sectores de la población católica hacia el nacionalsocialismo, al que consideraban anticristiano y hostil a la Iglesia.[5] Al mismo tiempo, la Santa Sede logró fortalecer la aún joven soberanía del Vaticano mediante el reconocimiento internacional a nivel estatal y haciendo cumplir las demandas de la Curia romana, que siempre habían sido rechazadas por los gobiernos de la República de Weimar.
La Santa Sede se convertía, de este modo, en la primera institución extranjera de relieve en firmar un tratado con la Alemania nazi, un hecho que fue interpretado de forma generalizada como un apoyo de la Iglesia al nacionalsocialismo. El concordato también representó una importante victoria para Hitler, pues supuso el fin de la oposición política interna a su régimen y la transmisión de una buena imagen de cara a la comunidad internacional. El 22 de julio de 1933, días después de la firma, Hitler transmitía al partido su optimismo e interpretaba el concordato como una vía libre para actuar contra los judíos, según expresó a su gabinete: «se ha generado todo un ámbito de confianza que será especialmente significativo en la lucha urgente contra la Judería internacional».[12]
Poco después de entrar en vigor el Concordato, hubo bastantes voces entre los nacionalsocialistas convencidos de que vieron el tratado como una concesión inaceptable por parte del gobierno y, en los años siguientes, exigieron masivamente su terminación unilateral por parte del estado, como Joseph Roth del Ministerio de Asuntos Eclesiásticos del Reich.[25] Su estrategia podría haber tenido éxito si Hitler no hubiera querido evitar conflictos abiertos con la Iglesia desde el comienzo de la guerra.
El detallado informe secreto sobre el Concordato del Reich escrito por Hans Barion, un sacerdote católico que impartió clases de derecho canónico en la Academia Estatal de Braunsberg, es probablemente único. Lo redactó para los círculos ministeriales de Berlín en verano de 1933 y sería redescubierto tiempo después.[26] En él, el teólogo nacionalsocialista no solo intenta presentar el Concordato como una derrota eminente del Estado frente al «catolicismo político» de la Curia Romana, sino que también propone sutiles sugerencias para una práctica de interpretación lo más proestatal posible.
En general, sin embargo, el Concordato se considera generalmente una importante ganancia de prestigio para Hitler, no solo a nivel nacional sino también internacional. Si bien el Reich alemán ya había logrado extender el Tratado de Berlín con la URSS y reconcluir el Acuerdo Cuatripartito tras la llamada Machtergreifung antes de la firma del Concordato, este representó, no obstante, el mayor éxito de la política exterior nacionalsocialista hasta la fecha, un logro que también fue altamente considerado como una forma de reconocimiento moral.
La independencia de la capellanía militar garantizada en el artículo 27 del Concordato fue a menudo ignorada durante la Segunda Guerra Mundial, los militares daban órdenes a los sacerdotes y ellos las seguían.[27]
El Concordato dio un respiro a las asociaciones católicas, ya que la represión contra ellas remitió brevemente. Si bien la lucha de los nacionalsocialistas contra el catolicismo asociativo se reanudó pocas semanas después de la firma del Concordato, las disposiciones del Artículo 31 protegieron a las asociaciones, ya que, si bien su número de afiliados disminuyó constantemente debido a la presión del régimen, escaparon de la Gleichschaltung total hasta el final del régimen y pudieron conservar cierta independencia organizativa. Sin embargo, un requisito previo para su continuidad fue la abstinencia política de las asociaciones. De hecho, las grandes organizaciones sociales, por ejemplo, se recluyeron cada vez más en el ámbito interno de la Iglesia. El Concordato no abarcó a los sindicatos cristianos, oficialmente interconfesionales pero de orientación católica, que se disolvieron posteriormente en la primavera de 1933.
La evaluación política del Concordato y sus consecuencias en retrospectiva sigue siendo tema de debate histórico hasta la fecha. Las posturas varían desde críticas explícitas hasta evaluaciones decididamente positivas, dependiendo de la verdadera magnitud de su impacto político internacional y nacional, así como del margen de acción de los involucrados. En algunos casos, las posturas ideológicas influyen en esta evaluación.
Período posterior al concordato
[editar | editar código]En marzo de 1937, Pío XI publicó la encíclica Mit brennender Sorge (Con ardiente preocupación),[28] sobre la situación de la Iglesia Católica en el Reich Alemán. Dirigida "a los venerables hermanos, arzobispos, obispos y otros ordinarios de Alemania en paz y comunión con la Sede Apostólica". La encíclica comenzaba con una exposición de motivos por los que se había firmado el Concordato y una crítica a las violaciones por parte de las autoridades alemanas de los términos del mismo, para continuar con una condena de varios aspectos ideológicos del nazismo, como la divinización del estado y la raza, calificados de idolatría.
4.[...] Nos determinamos entonces, no sin una propia violencia, a no negar nuestro consentimiento. Queríamos ahorrar a nuestros fieles [...] las situaciones violentas y las tribulaciones que, en caso contrario, se podían prever con toda seguridad según las circunstancias de los tiempos.5. Si el árbol de la paz [...] no ha producido los frutos por Nos anhelados [...] no habrá nadie [...] que pueda decir, todavía hoy, que la culpa es de la Iglesia.
7. [...] Todavía hoy, cuando la lucha abierta contra las escuelas confesionales, tuteladas por el Concordato, y la supresión de la libertad del voto para aquellos que tienen derecho a la educación católica, manifiestan, en un campo particularmente vital para la Iglesia, la trágica gravedad de la situación y la angustia, sin ejemplo, de las conciencias cristianas, la solicitud paternal por el bien de las almas nos aconseja no dejar de considerar las posibilidades, por escasas que sean, que aún puedan subsistir, de una vuelta a la fidelidad de los pactos.Mit brennender Sorge, I: Concordato
Adolf Hitler ordenó a Reinhard Heydrich, jefe de la Gestapo, que incautara y destruyera todas las copias del mismo y las relaciones entre la Alemania Nazi y el Vaticano[29] se enturbiaron, intensificándose la agresividad contra los católicos y desencadenando campañas mediáticas de desprestigio.[30]
Continuación del Concordato después de 1945
[editar | editar código]Tras la Segunda Guerra Mundial, inicialmente fue objeto de polémica si el Concordato del Reich seguiría existiendo, dado que preveía escuelas confesionales. Durante las deliberaciones preliminares sobre el Artículo 7 de la Ley Fundamental (Sistema Escolar y Educación Religiosa), se presentaron reiteradas mociones para incorporar disposiciones del Concordato del Reich a la Ley Fundamental. Sin embargo, estas mociones no fueron aprobadas, y el término «educación religiosa católica», que se enfatiza en el Concordato del Reich, no se utilizó en la Ley Fundamental. Como informó el abogado constitucionalista Carlo Schmid en sus memorias, también se discutió la «actitud pronazi de ciertos cargos en la jerarquía católica alemana» durante el régimen hitleriano.
Finalmente, el problema quedó oculto en la redacción general del Artículo 123 de la Ley Fundamental, relativo a la validez continua de las leyes y los tratados. Este artículo de la Ley Fundamental declaraba válidos todos los tratados celebrados por el Reich alemán si cumplían ciertos requisitos formales. El Concordato del Reich se reconoció implícitamente en el Artículo 123, Párrafo 2,[31] de la Ley Fundamental, sin necesidad de enumerarlo. Según Schmid, una de las razones fue que si el Concordato seguía vigente, las diócesis de los territorios orientales del Reich alemán serían tratadas por el Vaticano como diócesis de Alemania, siempre y cuando estuvieran sólo bajo administración polaca pero no hubieran sido (aún) cedidas formalmente.
Cuando el Estado de Baja Sajonia aprobó una nueva ley escolar que contradecía los acuerdos del Concordato del Reich, surgió una polémica entre Baja Sajonia y el gobierno federal, que por ello recurrió al Tribunal Constitucional Federal en marzo de 1955
La sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Concordato
[editar | editar código]A raíz de una queja del nuncio apostólico Aloysius Muench, el Gobierno Federal solicitó al Tribunal Constitucional Federal que declarara que el Concordato del Reich del 20 de julio de 1933 permanece inalterado y sigue siendo la ley aplicable en la República Federal de Alemania, y que el Estado de Baja Sajonia, al promulgar las Secciones 2, 3, 5, 6 y 8 a 15 de la Ley de Escuelas Públicas en Baja Sajonia del 14 de septiembre de 1954, había violado el Concordato del Reich, que se había transpuesto a la ley federal, y por lo tanto infringido el derecho de la Federación a respetar los tratados internacionales vinculantes para ella. El Gobierno de Baja Sajonia solicitó que se desestimara la solicitud del Gobierno Federal. Los Gobiernos de los Estados de Bremen y Hesse se unieron al procedimiento y solicitaron que se desestimaran las solicitudes del Gobierno Federal.
Los expedientes del Ministerio de Asuntos Exteriores de Alemania y de la Cancillería del Reich relativos al Concordato se presentaron por orden del tribunal. Los alegatos orales se celebraron del 4 al 8 de junio de 1956. El Estado de Hesse presentó una solicitud de admisión de pruebas, tras lo cual el tribunal ordenó al Gobierno Federal que presentara toda su correspondencia con la Santa Sede en relación con el Concordato del Reich.
En la posterior sentencia del Concordato,[32] de 26 de marzo de 1957, el Tribunal Constitucional Federal dictaminó que, como tribunal nacional, no podía decidir sobre la eficacia del acuerdo en virtud del derecho internacional entre las partes contratantes (relación externa). Sin embargo, sí podía evaluar su eficacia interna con arreglo al estándar de la Ley Fundamental. El Concordato del Reich se había celebrado válidamente; su publicación en el Boletín Oficial del Reich por el Canciller del Reich, Adolf Hitler, el ministro de Asuntos Exteriores del Reich, Freiherr von Neurath, y el ministro del Interior del Reich, Wilhelm Frick, tuvo lugar el 12 de septiembre de 1933.
El tribunal estableció en primer lugar que, según el derecho internacional, la República Federal de Alemania es idéntica al Reich alemán (véase Situación jurídica del Reich alemán después de 1945). Dado que, a pesar de las violaciones masivas del tratado por parte del Tercer Reich, el Concordato nunca se rescindió, sino que estas violaciones fueron reprendidas, el Concordato sigue existiendo y vincula a la República Federal. Si bien se concluyó sobre la base de la Ley habilitante de 1933 y, por lo tanto, no se promulgó mediante el proceso previsto por la Constitución de Weimar, la forma en que se promulgó, al igual que otras leyes preconstitucionales, es inofensiva, ya que el Estado totalitario nacionalsocialista se había establecido de forma efectiva para entonces.
Dado que la Ley Fundamental asigna la competencia legislativa en materia de derecho escolar exclusivamente a los estados, las disposiciones del Concordato del Reich se han convertido en derecho estatal a este respecto. Por lo tanto, se plantea la cuestión de si la legislación federal impide a los estados modificar estas disposiciones estatales en contradicción con sus obligaciones jurídicas internacionales.
El artículo 123, párrafo 2, de la Ley Fundamental, que contiene los tratados internacionales celebrados por el Reich alemán, se creó con el Concordato del Reich en mente. El legislador constitucional no reconoció su carácter vinculante, pero tampoco lo rechazó. La vigencia del Concordato del Reich permaneció abierta porque su validez y carácter vinculante habían sido cuestionados y porque las partes conservarían el derecho a hacer valer sus derechos y objeciones al contenido del tratado.
Más bien, la Ley Fundamental, a diferencia de la Constitución de Weimar, asignó deliberadamente el derecho escolar exclusivamente a los estados. Según el Consejo Parlamentario, los artículos 7 y 141 de la Ley Fundamental,[33][34] (la llamada Cláusula de Bremen) enumeran exhaustivamente las obligaciones legales federales. Esto se desprende del hecho de que la «Cláusula de Bremen» viola el Concordato del Reich y, por lo tanto, no puede obligar simultáneamente a los estados a cumplirlo. En consecuencia, los estados no están obligados ante el gobierno federal a cumplir las disposiciones escolares del Concordato. Por lo tanto, la moción del gobierno federal fue rechazada.
Resumen de la situación jurídica y críticas
[editar | editar código]En resumen, la situación jurídica es tal que el Concordato del Reich vincula al gobierno federal y a los estados federados en virtud del derecho internacional. Sin embargo, la Ley Fundamental (Grundgesetz), en contradicción con el derecho internacional público, ha otorgado a los estados la posibilidad de apartarse de estas disposiciones. Si lo hacen, podrían estar violando el derecho internacional, pero el gobierno federal no puede impedirlo. Según el derecho interno, los estados están obligados incluso a hacerlo si las disposiciones del Concordato del Reich entran en conflicto con el derecho constitucional nacional.
El Concordato del Reich se describe a veces como el único acuerdo de política exterior de la época del III Reich que todavía es válido hoy en día,[35] pero esto es dudoso en vista de otros tratados internacionales de ese período.[36] En cualquier caso, numerosos acuerdos incluso más antiguos, por ejemplo, de la época del Imperio alemán y la República de Weimar, todavía son válidos.
Además de las circunstancias de la creación del Concordato,[37] los críticos argumentan principalmente que este socava la separación de la Iglesia y el Estado. El artículo 18 del Concordato mantiene los beneficios estatales para la Iglesia Católica y, por lo tanto, contradice el artículo 138 de la Constitución de Weimar, que sigue vigente a través del artículo 140 de la Ley Fundamental y exige que los «beneficios estatales a las sociedades religiosas basados en la ley, el contrato o títulos jurídicos especiales sean reemplazados por legislación estatal», algo que no ha sucedido en los más de 100 años transcurridos desde la promulgación de la Constitución de Weimar. Sin embargo, otros argumentan que reemplazar los beneficios estatales no significa abolirlos sin reemplazo, sino que les otorga una nueva base legal.
Consecuencias prácticas del concordato
[editar | editar código]Las consecuencias prácticas del Concordato hasta el siglo XXI incluyen:
- Artículo 7: Si un profesor de teología es privado de la missio canonica y, por tanto, del nihil obstat, por regla general se debe crear para él un nuevo puesto en la universidad interesada o encontrar una vacante adecuada.
- Artículo 9: Los tribunales y las autoridades no tendrán acceso al conocimiento de los clérigos sujetos al «deber de secreto pastoral».
- Artículo 13: Retención inmediata del impuesto eclesiástico.
- Artículo 16: Antes de asumir su cargo, cada nuevo obispo deberá prestar juramento de lealtad al primer ministro.
- Artículo 22: Si el obispo retira la Missio canonica, los profesores de religión católica pierden su autorización para enseñar una educación religiosa y, en su caso, su condición de funcionarios/empleados.
- Artículo 27: Los gastos de capellanía militar, incluyendo personal, operaciones comerciales, vehículos y locales, son cubiertos por el presupuesto de defensa.
- Artículo 31, última frase: En principio, no se podrán celebrar eventos (por ejemplo, partidos de fútbol) durante los servicios principales. Anexo Secreto, apartado a): Los candidatos al sacerdocio están exentos del servicio militar obligatorio en la Bundeswehr.
Véase también
[editar | editar código]- Iglesia católica durante el nazismo
- Kirchenkampf
- Mit brennender Sorge
- Michael von Faulhaber
- Clemens August Graf von Galen
- Decretos de los crucifijos
Bibliografía
[editar | editar código]- Enciclopedia del Novecento, Tomo IV, del Instituto de la Enciclopedia Italiana.
- Franz von Papen-His life and Times, de H.W.Blood-Ryan.
- Satan in Top Hat, de Tibor Koeves.
- The Churches and Third Reich, de Klaus Scholder.
- Rhodes, Anthony: Vatican in the Age of the Dictators, 1922-1945. Holt, Rinehart and Winston, 1973. ISBN 0-340-02394-5.
- Joseph A. Beisinger: The Reich Concordat of 1933. The Church struggle against Nazi Germany. In: Frank J. Coppa (Hrsg.): Controversial Concordats: The Vatican’s Relations With Napoleon, Mussolini, and Hitler. Catholic University of America Press, Washington 1999, S. 120–181.
- Gerhard Besier in Zusammenarbeit mit Francesca Piombo: Der Heilige Stuhl und Hitler-Deutschland. Die Faszination des Totalitären. DVA, München 2004, ISBN 3-421-05814-8.
- Thomas Brechenmacher: Das Reichskonkordat 1933. Forschungsstand, Kontroversen, Dokumente (= Veröffentlichungen der Kommission für Zeitgeschichte, Reihe B: Forschungen, Bd. 109). Paderborn [u. a.] 2007.
- Thomas Brechenmacher: Teufelspakt, Selbsterhaltung, universale Mission? Leitlinien und Spielräume der Diplomatie des Heiligen Stuhls gegenüber dem nationalsozialistischen Deutschland (1933–1939) im Lichte neu zugänglicher Akten. In: Historische Zeitschrift 280 (2005), S. 591–645.
- Daniel E.D. Müller: Radikal pragmatisches Kalkül. Das Gelingen der Konkordatsverhandlungen von 1933 zwischen deutscher Reichsregierung und Heiligem Stuhl. In: Daniel E.D. Müller, Christoph Studt (Hrsg.): „… und dadurch steht er vor Freisler, als Christ und als gar nichts anderes …“. Christlicher Glaube als Fundament und Handlungsorientierung des Widerstandes gegen das „Dritte Reich“ (= Schriftenreihe der Forschungsgemeinschaft 20. Juli 1944 e. V., Bd. 25). Augsburg 2019, ISBN 978-3-95786-234-1, S. 31–69.
- Bernd Heim: Braune Bischöfe für’s Reich? Das Verhältnis von katholischer Kirche und totalitärem Staat dargestellt anhand der Bischofsernennungen im nationalsozialistischen Deutschland, Bamberg 2007, ISBN 978-3-00-023539-9 (online).
- Horst Herrmann: Ein unmoralisches Verhältnis. Bemerkungen eines Betroffenen zur Lage von Staat und Kirche in der Bundesrepublik Deutschland. Patmos, Düsseldorf 1974, ISBN 3-491-77476-4, S. 48 ff.
- Herbert Immenkötter: Die katholische Kirche und der Nationalsozialismus. Verurteilung – Vertrauen – Verweigerung. In: Johannes Hampel (Hrsg.): Der Nationalsozialismus. Band I. Machtergreifung und Machtsicherung 1933–1935 (= Veröffentlichungen der Bayerischen Landeszentrale für politische Bildungsarbeit. Reihe A, Nr. 72). München 1994, S. 207–253.
- Alfons Kupper (Hrsg.): Staatliche Akten über die Reichskonkordatsverhandlungen 1933 (= Veröffentlichungen der Kommission für Zeitgeschichte. Reihe A: Quellen, Bd. II). Mainz 1969.
- Carsten Nicolaisen (Hrsg.): Dokumente zur Kirchenpolitik des Dritten Reiches. Band I: Das Jahr 1933. München 1971.
- Konrad Repgen: Pius XI. zwischen Stalin, Mussolini und Hitler. Vatikanische Konkordatspolitik der Zwischenkriegszeit. In: Klaus Gotto und Hans Günter Hockerts (Hrsg.): Von der Reformation zur Gegenwart. Beiträge zu Grundfragen der neuzeitlichen Geschichte. Paderborn [u. a.] 1988, S. 138–166.
- Konrad Repgen: Die vatikanische Strategie beim Reichskonkordat. In: Klaus Gotto und Hans Günter Hockerts (Hrsg.): Von der Reformation zur Gegenwart. Beiträge zu Grundfragen der neuzeitlichen Geschichte. Paderborn [u. a.] 1988, S. 167–195.
- Konrad Repgen: Die Historiker und das Reichskonkordat. Eine Fallstudie über historische Logik. In: Klaus Gotto und Hans Günter Hockerts (Hrsg.): Von der Reformation zur Gegenwart. Beiträge zu Grundfragen der neuzeitlichen Geschichte. Paderborn [u. a.] 1988, S. 196–213.
- Armin Roth: Das Reichskonkordat vom 20. Juli 1933 unter besonderer Berücksichtigung seiner historischen Vorgänger in 800 Jahren Deutscher Geschichte. München 1933, Neuauflage Bremen 2008.
- Klaus Scholder: Die Kirchen und das Dritte Reich. Band 1. Frankfurt am Main 1986 (zuerst 1977).
- Gerhard Schulz: Neue Kontroversen in der deutschen Zeitgeschichte: Kirchengeschichte, Parteien und Reichskonkordat. In: Der Staat 22 (1983), S. 578–604.
- Thies Schulze: Spielräume und Zwangslagen vatikanischer Politik. Zum Reichskonkordat, 80 Jahre nach der Unterzeichnung. In: Stimmen der Zeit 138 (2013), S. 457–468.
- Bernhard Stasiewski (Hrsg.): Akten deutscher Bischöfe über die Lage der Kirche 1933–1945. Band I. 1933–1934 (= Veröffentlichungen der Kommission für Zeitgeschichte. Reihe A: Quellen, Bd. V). Mainz 1968.
- Hubert Wolf: Papst und Teufel. Die Archive des Vatikan und das Dritte Reich. München, 2., durchgesehene Auflage 2009, ISBN 978-3-406-57742-0.
- Ludwig Volk (Hrsg.): Kirchliche Akten über die Reichskonkordatsverhandlungen 1933 (= Veröffentlichungen der Kommission für Zeitgeschichte. Reihe A: Quellen, Bd. XI). Mainz 1969.
- Ludwig Volk: Die Kirche in der Weimarer Republik und im NS-Staat. In: Bernhard Kötting (Hrsg.): Kleine deutsche Kirchengeschichte. Freiburg im Breisgau 1980.
- Ludwig Volk: Das Reichskonkordat vom 20. Juli 1933. Von den Ansätzen in der Weimarer Republik bis zur Ratifizierung am 10. September 1933 (= Veröffentlichungen der Kommission für Zeitgeschichte. Reihe B: Band V). Mainz 1972.
- Friedrich Zipfel: Kirchenkampf in Deutschland 1933–1945. Religionsverfolgung und Selbstbehauptung der Kirchen in der nationalsozialistischen Zeit (= Veröffentlichungen der Historischen Kommission zu Berlin. Band XI), Berlin 1965.
Referencias
[editar | editar código]- ↑ «About the Reichskonkordat».
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- ↑ Heinrich Brüning: Memoiren 1918–1934. Stuttgart 1970, S. 655 f.
- ↑ Bewertung Kardinal Faulhabers in einem Brief an den Linzer Bischof Gföllner, zitiert nach Bernhard Stasiewski (Hrsg.): Akten deutscher Bischöfe über die Lage der Kirche 1933–1945, Bd. I, S. 48.
- ↑ Carsten Nicolaisen (Hrsg.): Dokumente zur Kirchenpolitik des Dritten Reiches, Bd. I: Das Jahr 1933, München 1971, S. 24.
- ↑ Thies Schulze: Antikommunismus als politischer Leitfaden des Vatikans? Der Heilige Stuhl und das NS-Regime im Jahr 1933, in: Vierteljahrshefte für Zeitgeschichte 60/3 (2012), S. 353–379.
- ↑ Cf. G. Sale, Hitler, la Santa Sede e gli ebrei, Milano 2003, 118-119.
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- ↑ «La iglesia y el nacional socialismo alemán: El Concordato Imperial de 1933».
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- ↑ «La Orden tras la caída de la Monarquía de las Dos Sicilias (1860-1964) De Orden Militar a Orden Asistencial».
- ↑ Cf. F. von Papen, Memorie, Bologna 1952, 279.
- ↑ «The German invasion of the Netherlands - The Netherlands is neutral» [La invasión alemana de los Países Bajos - Los Países Bajos son neutrales]. Annefrank.org. «The Dutch government was therefore careful not to take an official stand on the situation in Nazi Germany. It did not want to give cause for hostilities. This resulted in some awkward situations, with Dutch people who criticised the politics of Adolf Hitler being prosecuted for insulting a 'friendly head of state'.»
- ↑ Nicolaisen: Dokumente I, S. 103.
- ↑ Alfons Kupper (Hg.): Staatliche Akten über die Reichskonkordatsverhandlungen 1933. Mainz 1969. 384-407.
- ↑ Reichskonkordat und Länderkonkordate escrito por Joseph Wenner pág. 13-22
- ↑ Lothar Schöppe: Konkordate seit 1800, Frankfurt am Main/Berlin 1964, S. 35.
- ↑ Cf. G. Sale, Hitler, la Santa Sede e gli ebrei, Milano 2003, 82-83.
- ↑ Vgl. Karl Egon Lönne: Katholizismus-Forschung. In: GG 1/2000, S. 128–170, v. a. S. 161–170.
- ↑ Vgl. H. Kreutzer, Das Reichskirchenministerium im Gefüge der nationalsozialistischen Herrschaft, Düsseldorf 2000.
- ↑ Thomas Marschler: Kirchenrecht im Bannkreis Carl Schmitts: Hans Barion vor und nach 1945, Verlag nova et vetera, Bonn 2004, ISBN 3-936741-21-2.
- ↑ Mensch, was wollt ihr denen sagen? Katholische Feldseelsorger im Zweiten Weltkrieg, Hrsg. Katholisches Militärbischofsamt, Pattloch Verlag, 1991, ISBN 3-692-00600-4.
- ↑ Encíclica Mit brennender Sorge, texto completo en español en vatican.va
- ↑ «El esfuerzo de Pío XII por salvar a los "hermanos" judíos».
- ↑ Rhodes, Anthony. Vatican in the Age of the Dictators, 1922-1945. pp. 202-210. ISBN 0-340-02394-5.
- ↑ «Grundgesetz für die Bundesrepublik Deutschland Art 123» (en alemán).
- ↑ BVerfGE 6, 309 – Reichskonkordat
- ↑ «Grundgesetz für die Bundesrepublik Deutschland Art 7» (en alemán).
- ↑ «Ley Fundamental de la República Federal de Alemania, artículo 141» (en alemán).
- ↑ Rolf Hosfeld/Hermann Pölking: Die Deutschen 1918 bis 1945. Leben zwischen Revolution und Katastrophe, Piper, 2009, ISBN 978-3-492-04925-2, S. 251.
- ↑ Vgl. nur römisches Abkommen zur Vereinheitlichung von Regeln über die Sicherungsbeschlagnahme von Luftfahrzeugen vom 29. Mai 1933 (RGBl. 1935 II, S. 301), in Kraft seit 12. Januar 1937, Rechtshilfeabkommen mit Griechenland vom 11. Mai 1938 (RGBl. 1939 II, S. 848) und Abkommen mit Dänemark vom 17. Juni 1936 (RGBl. II, S. 213); dazu etwa die Textsammlung von Jayme/Hausmann, Internationales Privatrecht, 14. Aufl., München 2009.
- ↑ Reichskonkordat – Der unselige Vertrag, Deutschlandfunk, abgerufen am 30. April 2023.
Enlaces externos
[editar | editar código]- (en inglés)Texto del concordato
- (en alemán) Concordato entre la Santa Sede y el Tercer Reich
- (en italiano) Concordato entre la Santa Sede y el Tercer Reich
- Documentos
- Bekanntmachung des Reichskonkordats vom 12. September 1933, RGBl. II S. 679; AAS 25 (1933) 389–414 vom 10. September 1933
- Der Text des Reichskonkordats mit dem Geheimanhang
- Das Reichskonkordat und die Zustimmung des Zentrums zum Ermächtigungsgesetz, Auszug aus den Memoiren Heinrich Brünings
- Urteil des Zweiten Senats des Bundesverfassungsgerichts vom 26. März 1957 zum Reichskonkordat, BVerfGE 6, 309
- Konkordat zwischen dem Heiligen Stuhl und dem Deutschen Reich (Reichskonkordat), 20 Juli. 1933, in: 1000dokumente.de
- Historia
- Das Reichskonkordat auf den Seiten des Deutschen Historischen Museums
- Wissenschaftliche Dienste des Deutschen Bundestages: Das Reichskonkordat vom 20. Juli 1933 (PDF; 62 kB)
- Katholische Kirche und Deutsches Reich unterzeichnen Reichskonkordat, Konrad-Adenauer-Stiftung
- Jugend in Deutschland 1918–1945: „Eigenständigkeit und Existenzberechtigung“ – Das Reichskonkordat und seine Folgen (für die katholischen Jugendverbände), NS-Dokumentationszentrum der Stadt Köln
- Discusión Histórica
- Karl Otmar von Aretin: Prälat von Kaas, Franz von Papen und das Reichskonkordat von 1933, VfZ, Jg. 14 (1966), Heft 3 (PDF, 18 Seiten)
- Konrad Repgen (FAZ, 11. Februar 2002): Das Reichskonkordat bot einen gewissen Schutz (Rezension zu Gerhard Besier: Die Kirchen und das Dritte Reich – Spaltungen und Abwehrkämpfe 1934–1937, Berlin 2002)
- Deutsches Historisches Institut in Rom: Tagungsbericht (2004): Das Ende des politischen Katholizismus in Deutschland 1933 und der Heilige Stuhl (PDF; 78 kB)
- Hubert Wolf (FAZ.NET, 28. März 2008): Historikerstreit: Wie der Papst zu Hitlers Machtantritt stand (zur Vorgeschichte des Konkordats)
- Konrad Repgen (FAZ.NET, 7. April 2008): Das Reichskonkordat war ein Defensivvertrag