Derecho positivo
El derecho positivo es el conjunto de normas jurídicas escritas por una soberanía (por el órgano estatal que ejerza la función legislativa).
El derecho positivo puede ser de aplicación vigente o no vigente, dependiendo si la norma rige para una población determinada, o la norma ya ha sido derogada por la promulgación de una posterior.
No solo se considera derecho positivo a la ley, sino además a toda norma jurídica que se encuentre escrita (decretos, acuerdos, reglamentos, etc.).[1]
En otras palabras, el derecho positivo es el derecho que está escrito. A diferencia del derecho natural (inherente al ser humano) y del consuetudinario (dictado por las costumbres y usos), el derecho positivo es impuesto colectivamente a favor de normar la convivencia de las personas, sancionado por las instituciones del Estado conforme a lo establecido en un código común —un cuerpo de leyes escritas— que, a su vez, pueden ser cambiadas por consenso. Se trata de leyes fundamentadas en un pacto jurídico y social.[2]
Bases filosófico-jurídicas
[editar]El concepto de derecho positivo se vincula con el iuspositivismo, corriente filosófico-jurídica que considera válido el derecho creado por los seres humanos mediante instituciones sociales y políticas. Desde esta perspectiva, el Estado organiza los poderes en los que se manifiesta la soberanía, y el poder legislativo produce normas generales mediante leyes. Hans Kelsen sostuvo que la idea de una capacidad humana para ser justo, cuando se invoca para sustituir el derecho positivo por el derecho natural, no constituye una cualidad verificable empíricamente, sino una subjetivación de un principio objetivo de justicia.[3]
El iusnaturalismo sostiene una tesis distinta. Para esta corriente, existe un derecho anterior o superior al derecho creado por los seres humanos, fundado en valores o principios que pueden ser conocidos por la razón. En esa concepción, el derecho no requiere necesariamente estar escrito para ser válido, ya que puede derivarse de principios considerados esenciales para la persona, como ocurre en algunas fundamentaciones de los derechos humanos.
En este sentido, el derecho positivo se entiende como derecho puesto o establecido por una autoridad competente. Una de sus formulaciones teóricas más influyentes fue el normativismo de Hans Kelsen, que estructuró el orden jurídico como una jerarquía de normas, también denominada jerarquía normativa.
Desde otras corrientes de pensamiento jurídico que admiten la existencia del derecho natural o del derecho divino, el derecho positivo es el derecho emanado de las personas o de la sociedad, pero debe ajustarse a esos órdenes superiores para ser considerado justo o legítimo.
El positivismo jurídico suele dividirse en variantes formalistas y sociológicas. El positivismo formalista estudia las formas jurídicas y se desarrolló especialmente durante el siglo XIX, con antecedentes como la Escuela Exégesis en Francia y la Escuela Dogmática alemana. El positivismo jurídico de orientación sociológica, en cambio, analiza el impacto del derecho positivo en la sociedad. Entre sus antecedentes se encuentran la Escuela Social, asociada en Francia a Raymond Saleilles, y el Movimiento del Derecho Libre en Alemania, desarrollados entre los siglos XIX y XX.
La concepción positivista tiende a sostener una visión monista del derecho, conocida como monismo jurídico, según la cual el derecho jurídicamente válido es el derecho positivo. El iusnaturalismo, por el contrario, suele adoptar una posición de dualismo jurídico, al distinguir entre derecho positivo y derecho natural. Este último se define como un conjunto de principios o valores superiores que pueden ser conocidos mediante la razón y que prevalecerían sobre las normas positivas cuando estas resultan incompatibles con ellos. Sus antecedentes intelectuales suelen rastrearse desde el paso del mito al logos en la Grecia Antigua, con ejemplos como Antígona de Sófocles, así como en el estoicismo y en la humanitas romana, especialmente en Cicerón.
Los derechos positivos, en plural, son por tanto conceptualmente distintos de los derechos naturales.
Véase también
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- Derecho consuetudinario
- Derecho escrito
- Derecho natural
- Derecho positivo mexicano
- fuentes del derecho
- regulación de las relaciones sociales
Referencias
[editar]- ↑ «Derecho positivo». Enciclopedia Jurídica. Consultado el 5 de septiembre de 2020.
- ↑ Enciclopedia de Ejemplos (2017)."10 Ejemplos de Derecho Positivo". Recuperado de: http://www.ejemplos.co/10-ejemplos-de-derecho-positivo/. «Derecho Positivo». www.ejemplos.co. Consultado el 14 de agosto de 2017.
- ↑ Kelsen, Hans (1974). «19». La idea del Derecho Natural y otros ensayos. México: Nacional. p. 51.